Nueva constitución no definirá sujetos que integran el matrimonio sino una posterior ley

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 Tomado de Radio HC

La Habana, 19 dic (RHC) El proyecto de Constitución de Cuba no va a definir qué sujetos integran el matrimonio, con lo cual esa discusión sale del universo constitucional, precisó aquí el secretario del Consejo de Estado, Homero Acosta.

Ante la Asamblea Nacional del Poder Popular, Acosta explicó que el nuevo proyecto que deberá someterse a la aprobación de los diputados en los próximos días, no especificará quienes componen el matrimonio.

La ley definirá posteriormente cómo se constituirá el matrimonio, quienes serán los sujetos, cuáles serán las obligaciones, así como los requisitos, esclareció el diputado al plantear que este criterio tiene en cuenta las más diversas opiniones recogidas en el proceso de consulta popular realizado del 13 de agosto al 15 de noviembre.

De acuerdo con Acosta, ‘este asunto habrá que dilucidarlo mediante una consulta popular y referendo cuando se discuta el Código de Familia, para lo cual la disposición transitoria décimo primera establece un plazo de dos años para que la Asamblea inicie todo ese proceso’.

Así, el polémico artículo 68 -que proponía cambios en la institución del matrimonio al definirlo como la unión entre dos personas (la actual establece entre un hombre y una mujer)- desaparece para dar lugar a la creación de un capítulo solo para la familia.

Este acápite acumuló más de 192 mil opiniones de 783 mil propuestas, lo cual representa el 24 por ciento.

La mayoría de los criterios (más de 176 mil) -esclareció Acosta- coinciden en que se mantenga lo establecido en la actual carta magna, es decir el deseo de ver reflejado en la constitución el concepto del matrimonio entre un hombre y una mujer.

Luego de su análisis por la comisión redactora del proyecto, el ahora Artículo 82 define el matrimonio ‘como una institución social y jurídica. Es una de las formas de organización de la familia. Se funda en el libre consentimiento y en la igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal de los cónyuges. La ley determina la forma en que se constituye y sus efectos’.

El texto reconoce las uniones de hechos, la estable y singular con actitud legal que forme un proyecto de vida en común que bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley genera los derechos y obligaciones que esta disponga.

Este martes el parlamento cubano entregó a sus diputados el documento enriquecido con las opiniones recogidas en el proceso de consulta popular para su estudio mañana y el jueves.

El viernes se instalará el segundo período ordinario de la IX Legislatura de Asamblea Nacional del Poder Popular y en el mismo los parlamentarios deberán pronunciarse por el nuevo proyecto, que de aprobarse el Consejo de Estado convocará a referendo constitucional.

 

(Prensa Latina)

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